Agustín CORONA
El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó este jueves los lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, por parte de las personas servidoras públicas en el proceso electoral local 2023-2024, y los extraordinarios que devengan de éste, con lo cual quedó prohibido que las personas servidoras públicas que tengan bajo su responsabilidad recursos públicos los utilicen para influir en los procesos electorales.
En los lineamientos aprobados se establece que el gobierno del estado de Tlaxcala, los municipios, el Congreso local y las instituciones que integran la administración pública del ámbito local, así como cualquier otro ente público, deben abstenerse de promover a través de cualquier medio físico o virtual, a favor o en contra, de cualquier partido político, coalición o candidatura común, así como a las personas que participen en algún proceso político, precandidatas o candidatas, en cualquiera de sus portales institucionales o mediante el uso de mensajes, logotipos, emblemas, símbolos o imágenes que pudieran asociarles.
En ese sentido, en la sesión ordinaria realizada por el Consejo General y a la cual no fueron convocados los medios de comunicación por parte de su área de Comunicación Social, se estableció que los programas sociales y/o acciones institucionales que se ejecuten durante el desarrollo del proceso electoral deben contar con reglas de operación y ajustarse a las mismas. En caso de no observar esta disposición se podrá iniciar de parte y de manera oficiosa un procedimiento especial sancionador con la finalidad de investigar su posible impacto en el proceso electoral 2023-2024.
Cabe destacar que los lineamientos constan de un total de 45 artículos, divididos en diversos títulos y capítulos que tienen que con diferentes temas, tales como los ámbitos de aplicación, de los sujetos obligados y su competencia, de la propaganda gubernamental en general, de los informes de labores, de la veda electoral, de los programas sociales y acciones institucionales, de las prohibiciones de las personas servidoras públicas que no se separen del cargo y de las personas operadoras de los programas sociales y de acciones institucionales, del horario general de los servidores públicos, así como de las consecuencias jurídicas del incumplimiento de los lineamientos.
Para la aprobación de los lineamientos, las consejeras y consejeros electorales subrayaron la importancia de que en el proceso electoral local ya en marcha exista un clima de absoluto respeto a los principios democráticos, por lo que “el ITE tiene el deber de vigilar y sancionar, en su caso, cualquier acción u omisión que afecte a dichos principios, al ser el órgano encargado de contribuir al desarrollo de la vida democrática, vigilar el adecuado desarrollo de las contiendas electorales y el cumplimiento de los principios rectores de la función electoral.
Con ello, en los lineamientos, quedó establecido que las personas servidoras públicas deberán abstenerse por sí o interpósita persona, de realizar cualquier tipo de aportación cuyo origen proceda de recursos públicos, para actos, eventos o actividades del mismo proceso electoral.
También fue aprobado que los programas sociales no pueden ser utilizados para condicionar el voto o influir de forma alguna en las contiendas electorales, y que las personas servidoras públicas que no se separen del cargo, deberán actuar con estricto apego al principio de imparcialidad en el uso de los recursos, evitando cualquier tipo de injerencia en las contiendas electorales.
“Las personas servidoras públicas, que no se separen del cargo deberán abstenerse de realizar empadronamiento, afiliación o incorporación de ciudadanas y ciudadanos a programas sociales que impliquen transferencia de recursos públicos a partir del inicio de la veda electoral y hasta el día de la jornada electoral”, se aprobó.
Cabe destacar que las personas servidoras públicas deben abstenerse de hacer actos proselitistas durante su jornada laboral de las 7 de la mañana a las 6 de la tarde en la semana laboral de 5 días, en las oficinas de administración pública local y municipal y en máximo de 8 horas efectivas diarias pudiéndose establecer un horario discontinuo con interrupción de una hora para tomar alimentos, a fin de coadyuvar a mejorar la eficiencia y eficacia de la protección de un proceso electoral neutral, equitativo e imparcial.
Debe señalarse que los lineamientos son aplicables a los trabajadores de base, servidores públicos de enlace, mandos medios, superiores y homólogos, así como de alto nivel de responsabilidad de las dependencias en el Estado de los tres órganos de gobierno, y respectivamente los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
En contra parte, quedan excluidos de la aplicación el personal de la rama médica, enfermería, paramédica, militar y afines; y el personal docente dependiente de la Secretaría de Educación Pública del Estado, así como el personal administrativo incorporado al modelo de educación media superior y las personas contratadas bajo el régimen de honorarios.
En los lineamientos quedó asentado que la violación a éstos será conocida a través del trámite y sustanciación del procedimiento especial sancionador competencia del ITE contemplado en la Ley Procesal y el Reglamento de Quejas y Denuncias del propio Instituto, con independencia de las vistas a que haya lugar por las responsabilidades administrativas o penales que se desprendan de las conductas denunciadas o identificadas, así como por las incidencias en materia de fiscalización electoral.
También se precisó que los partidos políticos, las personas aspirantes, precandidatas y candidatas, así como la ciudadanía en general podrán presentar, ante la Secretaría Ejecutiva, las quejas que consideren pertinentes, por las conductas o hechos que pudieran constituir violaciones a los lineamientos, aportando las pruebas o indicios correspondientes y precisando las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que presuntamente se suscitaron, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Quejas.
Con ello, la autoridad electoral podrá iniciar de oficio un procedimiento en caso de incumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Quejas y Denuncias.
Asimismo, la autoridad electoral cuando tenga conocimiento de hechos probablemente transgresores a los presentes Lineamientos, o de su facultad de investigación, podrá iniciar de oficio un procedimiento, en caso de incumplimiento a lo establecido en los lineamientos.
Por otra parte, en la sesión de este jueves el Consejo General aprobó también el proceso técnico operativo del sistema “Candidatas y Candidatos, Conóceles”, así como la metodología para el monitoreo con perspectiva de género a medios de comunicación masiva impresos, digitales y de programas que difunden noticias por radio y televisión para el proceso electoral local ordinario 2023-2024.
La sesión estuvo dirigida por el consejero Juan Carlos Minor Márquez, debido a que el consejero presidente Emmanuel Ávila González se reportó enfermo.
