ITE debe emitir nuevo acuerdo en 24 hrs sobre candidaturas de comunidad del PT: TEPJF

Agustín Corona.- La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la resolución ITE-CG/208/2021 del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) del pasado ocho de mayo y ordenó emitir un nuevo acuerdo, en un plazo de 24 horas, por haber violado el principio de exhaustividad donde el ITE no tomó en cuenta siete registros del PT.

De acuerdo a la magistrada ponente, María Guadalupe Silva Rojas, dio la razón en algunos de los agravios que expuso el PT, al considerar que el ITE “no actuó con la debida exhaustividad”, por lo que propuso declarar fundado el agravio pues del expediente se desprende que el partido presentó 21 escritos con sustituciones y correcciones al instituto electoral derivado del requerimiento que se le hizo.

Sin embargo, en la resolución impugnada sólo se consideraron 14 sin que se mencione que el ITE hubiese desechado los demás o que no hubieren cumplido algún requisito formal o de fondo, lo que resultaba indispensable en términos de la certeza y seguridad jurídica que deben brindar las autoridades electorales y del principio de exhaustividad.

Por tanto, a juicio de la ponente, “el Consejo General del instituto debió analizar en su totalidad los oficios presentados por el partido y reflejar dicho estudio en el contenido del acuerdo impugnado y, al no haberlo hecho, vulneró el principio de exhaustividad en perjuicio del partido”.

Por lo anterior, se revocó la resolución impugnada para que el Consejo General del ITE, en un plazo de 24 horas, emita un nuevo acuerdo en el que, fundado y motivado, analice los referidos escritos, que verifique el cumplimiento de paridad de género en su dimensión horizontal en la postulación de dichas candidaturas y determine lo procedente.

Y es que, según lo manifestado en su momento por el Comisionado Político Nacional del PT, Silvano Garay Ulloa, aseguró que registraron a 102 mujeres y 97 hombres, de las cuales 7 registros no fueron tomados en cuenta por el Consejo General.

El trámite

El ocho de mayo el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) negó al PT los registros de 199 aspirantes a presidentes de comunidad por no cumplir con el principio constitucional de paridad de género en su aspecto horizontal.

Sin embargo, 8 horas después de haber sido notificado, el PT interpuso la revisión constitucional pues aseguró que registró a 102 mujeres y 97 hombres, de las cuales 7 no fueron tomados en cuenta por el Consejo General, por lo que solicitaron al TEPJF estudiar a fondo la resolución impugnada.

Luego de que la autoridad jurisdiccional aceptara para su análisis y deliberación la controversia contra el acuerdo ITE-CG-208/2021, el Partido del Trabajo admitió que existe plena confianza en el análisis que realizarán los magistrados sobre el tema que en Tlaxcala lesiona los derechos de los ciudadanos.

Así, el 19 de mayo el TEPJF aceptó las pruebas y alegatos para dar una resolución.

Fue este lunes 24 de mayo cuando el TEPJF revocó el acuerdo del ITE y ordenó emitir otro tomando en cuenta los registros totales.

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