Debe ITE precisar fecha para continuar trabajos de registro como partido a organización: TET

Al declarar infundados los agravios de la organización “Impacto Social Sí” contra el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), que le denegó el registro como partido político local, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó a ese organismo autónomo modificar su acuerdo ITE-CG 15/2018, a fin de emitir otro en el que se precise la fecha en la que deberá continuar con el procedimiento para la obtención del registro como partido político nuevo, a esa organización de ciudadanos.

Los magistrados electorales declararon infundados los agravios planteados por el representante de la organización de ciudadanos, Moisés Palacios Paredes, en razón de que el acuerdo emitido por el ITE no contraviene el marco constitucional y legal de la libertad de asociación.

Lo anterior, porque los artículos 17 y 20 de la Ley de Partidos Local disponen que las organizaciones ciudadanas que pretendan participar en los procesos electorales a fin de obtener su registro como partido político, deben informar tal propósito al ITE en el mes de enero del año siguiente al de la elección de gobernador, mientras que posteriormente deben presentar la solicitud respectiva en el mes de enero del año anterior al de la siguiente elección, debiendo acreditar los requisitos necesarios para ello.

Con base en una interpretación sistemática de esos dos artículos, se infiere que el marco temporal ordinario para llevar a cabo el procedimiento que culmina con el registro de un partido político local, se realiza en 18 meses y está dado en referencia a las fechas posteriores y anteriores de una elección…. Además, con ello se hizo compatible el sistema normativo existente con las circunstancias fácticas derivadas del régimen transitorio establecido por la reforma electoral de 2011, de tal manera que se garantiza el ejercicio efectivo del derecho de asociación de la parte actora y de cualquier organización, con la intención de constituirse en parido político local. De ahí que resulten infundados los agravios propuestos”, precisa una de las partes medulares de la sentencia aprobada por unanimidad de votos.

No obstante lo anterior, los magistrados tomaron en cuenta lo asentado por el ITE, en el sentido de que ordenó resguardar el expediente integrado con los actos realizados por la organización “Impacto Social Sí”, a fin de tomarlos en cuenta al momento de verificación del registro, aunque no precisó cuándo se llevaría a cabo tal circunstancia.

Por ello mismo, los magistrados resolvieron que una vez concluido el año electoral se continué con el trámite de la organización para la obtención del registro como partido político nuevo a partir del mes de enero de 2019.

 

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