Crean Ley de Protección Animal pero excluyen toros de lidia y gallos

Tlaxcala, Tlax., A. Corona.- La tarde de este martes, diputados locales aprobaron la Ley de Protección y Bienestar Animal para garantizar su bienestar, brindar atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural y buena salud, sin embargo, excluyeron a los toros de lidia y peleas de gallos.

El dictamen presentado fue aprobado en lo general por mayoría de votos, pero reservaron el artículo 139, el cual tipifica las agresiones y el maltrato animal.

Fue el diputado Rafael Ortega Blancas, matador de toros de profesión, quien propuso excluir a los toros y peleas de gallos por ser una tradición y “les diría a los que están en contra de esta tradición, que el día que puedan tener un toro bravo como animal de compañía sería el primero en levantar la mano para que también se acabara la fiesta brava”.

Al ser puesta en consideración la propuesta fue avalada con 16 votos a favor y 3 en contra, por lo que se da por entendido que en las corridas de toros y las peleas de gallos se pueden seguir usando instrumentos punzo cortantes y los métodos que causen dolor o prolonguen la agonía de estos dos tipos de animales.

En tanto, para el resto de los animales, la Ley regulará las actividades relacionadas con los animales de compañía y atacará la problemática relacionada con el constante aumento de perros y gatos que son abandonados en vías y áreas públicas, mismos que consecuentemente mueren, por lo general, atropellados, envenenados o por enfermedades.

Una práctica cotidiana que se refleja en serios problemas de bienestar animal, es la venta de animales en mercados ambulantes o en la vía pública, ya que no se garantiza satisfacer las necesidades básicas de alimentación, cuidado y alojamiento de las mascotas, de ahí que el ordenamiento regulará dichas actividades comerciales.

Así, los propietarios de los animales de compañía tendrán la obligación de garantizar el cuidado y bienestar en materia de salud, comportamiento y protección de sus mascotas.

La ley también reconoce a la Coordinación Estatal de Zoonosis que tendrá la obligación, además de la prevención, del mantenimiento, cuidado, resguardo temporal, alojamiento, observación y posible sacrificio de los animales.

Quienes no cumplan con las nuevas disposiciones serán acreedores a multas que van desde los cinco y hasta las mil 600 unidades de medida y actualización, arresto administrativo hasta por 36 horas, así como decomiso de los instrumentos y animales directamente relacionados con infracciones y la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

 

 

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