- Amonestas a autoridades de Apizaco y Tzompantepec
- Otorga prórroga a la Secretaría de Finanzas para el cobro de multa al ayuntamiento de Zacatelco
- Confirma elección municipal de Axocomanitla y reasignación de diputaciones de RP.
En sesión extraordinaria celebrada este 14 de agosto, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), aprobó diversas sanciones a autoridades municipales que no han dado cumplimiento a lo ordenado por la autoridad jurisdiccional a través de diversas sentencias y confirmó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) a través del que se dio cumplimiento a la reasignación de diputaciones de representación proporcional.
En el Juicio de la Ciudadanía, TET-JDC-206/2024, se dio por incumplida la sentencia emitida por la autoridad jurisdiccional, en el sentido de que las acciones realizadas fueron inoportunas e ineficaces para el cumplimiento de la ejecutoria del 29 de julio, por lo que procedió la amonestación pública del presidente, síndico y personas regidoras del ayuntamiento de Apizaco, conforme a lo previsto en el artículo 74, fracción II de la Ley de Medios de Impugnación.
Además, se ordenó al presidente y tesorero municipal de Apizaco, proceder en cumplimiento a lo instruido por el Pleno del TET.
De igual manera, en el Acuerdo Plenario dictado dentro del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-019/2024, promovido por el Primer Regidor Suplente del Ayuntamiento de Zacatelco a fin de controvertir diversas omisiones por parte de los integrantes del Cabildo de dicho Ayuntamiento, se resolvió que de la sentencia emitida por el TET el 18 de abril, a través de la que se ordenó al Presidente Municipal, vinculando a todos los integrantes del Cabildo y Secretario del Ayuntamiento, que se le tomara la protesta de Ley al actor, en su calidad de Primer Regidor y por otra parte, al citado Presidente y Tesorero Municipal, que realizaran en su favor el pago de las remuneraciones correspondientes, las autoridades fueron omisas para dar cumplimiento a lo ordenado.
El 31 de mayo, el Pleno tuvo por incumplida la sentencia y se impuso una multa a las autoridades responsables y vinculadas para el cumplimiento de dicha ejecutoria, ordenando a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado el cobro y/o retención de la sanción económica.
De las constancias que obran en autos, se adviertió que las autoridades responsables acreditaron haberle tomado la protesta respectiva al promovente y haber cubierto las remuneraciones ordenadas en la sentencia de mérito, siendo éstas de los meses de marzo, abril y mayo.
Respecto a la multa impuesta a dichas autoridades municipales, se aprobó otorgar la prórroga solicitada por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, consistente en 5 días hábiles, para que realice las gestiones tendientes y se efectúe el cobro de la multa respectiva.
Además, debido a que el actor ha realizado nuevas manifestaciones por presuntas omisiones que le atribuye a las autoridades municipales, entre las cuales se encuentra la consistente en que aún se encuentra pendiente el pago de sus remuneraciones por el cargo que ostenta, del periodo comprendido del 1 al 7 de junio de este año, se aprobó escindirla del presente juicio, en razón de que se trata de una omisión nueva y que no fue objeto de pronunciamiento en la sentencia objeto de este juicio, por lo que es necesario estudiarse de forma separada y a través de un juicio de la ciudadanía diverso.
También en el Acuerdo Plenario del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-299/2024, se dio por incumplida la sentencia dictada con fecha 22 de julio, por lo que se amonestó a los integrantes del H. Ayuntamiento de Tzompantepec, Presidente, Regidores, Presidentes de Comunidad, Secretario del Ayuntamiento, así como Titular de la Tesorería municipal, ante la negativa de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de 22 julio del presente año, en la que se ordenó la reincorporación de la Síndica municipal y el pago de las remuneraciones a las que tiene derecho, pues se les otorgó un plazo de 48 horas para el cumplimiento.
En este caso, el Presidente municipal de Tzompantepec recurrió la sentencia referida, ante Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la cual el 8 de agosto determinó improcedente, y desechó de plano el recurso, aunado a que, pese a su medio de impugnación, este no produjo efectos suspensivos sobre el acto o la resolución del TET.
En el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-309/2024, correspondiente a la impugnación presentada por una candidata a la Presidencia de Comunidad de la Colonia Licenciado Mauro Angulo, perteneciente al municipio de Huamantla, a fin de controvertir la elección por usos y costumbres de esa comunidad, se desechó por haberse presentado de manera extemporánea.
En el Procedimiento Especial Sancionador TET-PES-002/2023 promovido por una Síndica Municipal de un Municipio del estado de Tlaxcala, en el que denunció hechos que, a su consideración, constituían violencia política contra la mujer por razón de género, cometida en su contra por el Presidente Municipal del Ayuntamiento al que pertenece, aunque se acreditaron algunos hechos denunciados, no se justificó que las conductas denunciadas se basaran en elementos de género, con lo que se declaró la inexistencia de las mismas.
