
Agustín Corona.- Encabezados por Teodoro Pérez Mena, Librado Mena Rojas, Faviola Quixtiano Xicohténcatl y Adrián Acatzi Reyes, ciudadanos del municipio de Mazatecochco, solicitaron al Congreso del estado la desaparición del Ayuntamiento por considerar que existen diversas irregularidades que transgreden la Ley Municipal y la Constitución local.
De acuerdo a su misiva, exponen que el gobierno de esa demarcación que preside Leandra Xicohténcatl Muñoz, viola diversos preceptos al momento de la instalación del Ayuntamiento por el cambio de sede para rendir protesta.
Y es que de acuerdo a los quejosos dicha acción carece de validez pues al realizarse en Tlaxcala capital y no en el municipio, se convirtió en un acto ilegal que debe ser atendido por los diputados locales.
Sostienen que la Ley Municipal señala que “no puede considerarse como válida, pues el evento se dio fuera de toda lógica, ya que además de ser contrario a lo establecido al citado Artículo 15 de la Ley Municipal, es contrario al espíritu del Artículo 115 Constitucional, que determina que en cada municipio se elegirá un ayuntamiento y, en consecuencia, la elección e instalación del ayuntamiento debe darse en el territorio municipal, puesto que, la elección se realiza por circunscripción municipal, por y en cada territorio municipal…”.
Durante la lectura de la correspondencia, la presidenta de la Mesa Directiva, Alejandra Ramírez Ortiz, dio entrada a este documento y lo turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.
Aunque también debió turnarse a la Comisión de Asuntos Municipales por ser de su competencia, los legisladores deberán analizar la petición de los pobladores.
Cabe recordar que derivado de la toma de las instalaciones de la presidencia municipal, dicho Ayuntamiento se instaló el 31 de agosto en Tlaxcala, acto en el cual la presidenta municipal Leandra Xicohténcatl explicó que el cambio de sede se debió a “la situación política” que se vivió en el municipio.
Es decir, con la toma de las instalaciones de la presidencia municipal, no se pudo realizar tal y como lo establece el artículo 15 de la Lay Municipal del Estado de Tlaxcala y, ante la imposibilidad material de realizar dicha sesión solemne en la sede oficial a en algún lugar de ese municipio, propuso que la dicha sesión se llevara a cabo en el inmueble ubicado en calle Guerrero número 23-A del municipio de Tlaxcala, acto que fue aprobado por unanimidad de votos del cuerpo colegiado.

