¿Qué son los medios alternos de solución de conflictos en la justicia penal?

Por Rafael Santacruz Lima*.

Los medios alternos de solución de conflictos en materia penal son métodos que permiten resolver disputas sin acudir a un juicio formal. Buscan ser más rápidos, económicos y menos confrontativos, enfocándose en reparar el daño y reintegrar a las partes involucradas. Entre estos métodos se encuentran:

  1. Mediación: Un mediador imparcial ayuda a la víctima y al acusado a comunicarse y llegar a un acuerdo que beneficie a ambos, buscando reparar el daño.
  • Conciliación: Un tercero neutral, el conciliador, facilita la negociación entre las partes y puede proponer soluciones específicas.
  • Justicia Restaurativa: Este enfoque se centra en reparar el daño a la víctima y la comunidad, y en rehabilitar al infractor, utilizando prácticas como círculos de paz y reuniones entre víctima e infractor con participación comunitaria.
  • Acuerdos Reparatorios: Las partes acuerdan cómo reparar el daño causado por el delito, lo que puede incluir compensaciones económicas, disculpas o actos reparadores. Si se cumple el acuerdo, el proceso penal puede concluir sin juicio.
  • Arbitraje Penal: Menos común en lo penal, pero puede usarse para resolver disputas menores relacionadas con la aplicación de sanciones, donde un árbitro toma una decisión vinculante.

Estos mecanismos ofrecen beneficios como la reducción de tiempo y costos, alivian la carga de los tribunales y promueven soluciones más satisfactorias y personalizadas, contribuyendo a una justicia más humana y accesible.

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*Profesor-investigador de Tiempo Completo, en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex). Miembro del Sistema Nacional de Investigadores-Conahcyt (Nivel 1).

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