Proponen abrogar Decreto que establece cobro del 6.5% de alumbrado público

En sesión ordinaria de este martes en el Congreso del estado, la diputada Eréndira Cova Brindis propuso abrogar el Decreto 52 que establece el aumento de la tasa de cobro del 6.5 por ciento respecto al Derecho de Alumbrado Público (DAP), el cual fue aprobado en diciembre del año pasado.

Expuso que dicho cobro ya esta reglamentado en las respectivas leyes de ingresos de los municipios y que corresponde al 3 por ciento, lo que genera incertidumbre y conflicto entre los ordenamientos, además de generar amparos de la ciudadanía para que no se efectúe dicho cobro.

Recordó que el día 11 de diciembre del 2017, el Pleno del Congreso del estado de Tlaxcala, aprobó el Decreto número 52, que tiene por objeto autorizar a los municipios el cobro del derecho por el servicio de alumbrado público, que se causará y deberá pagarse, aplicado al consumo de energía eléctrica de cada usuario.

Lo anterior, conforme a las tarifas establecidas en dicho Decreto para el ejercicio fiscal 2018, contribución que ya estaba siendo regulada por las diferentes leyes de ingresos para los municipios aprobadas por el mismo Congreso en el mismo ejercicio fiscal.

De esta forma, “se abroga el Decreto número 52, aprobado por el Pleno del Congreso del Estado de Tlaxcala el día once de diciembre de dos mil diecisiete, y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, el día veintisiete de diciembre del mismo año, es decir, dicho decreto queda sin vigencia”.

Aunque aún falta ser analizada por las comisiones correspondientes, la diputada exhortó a sus homólogos a corregir dicha normatividad para no crear contradicciones entre los cobros del DAP.

Según el Decreto 52, desde el 1 de enero del 2018, los ayuntamientos cobrarán los derechos por concepto de Derechos por Alumbrado Público (DAP) y ya no la paraestatal Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Con esta acción la población pagará por cada contrato de servicio de energía, 6.5 por ciento de su consumo tanto de tipo doméstico, comercial y de baja tensión, mientras que cubrirán 2 por ciento de este cuando se trate de servicio general de alta tensión o por voltaje de más de 66 kilowatts.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *